El Instituto Nacional de Estadística ( INE ) publica en forma mensual los principales indicadores, índices y valores, por los que reajustan los alquileres en Uruguay, los cuales a su vez están regulados por la Ley 14.219.
La unidad reajustable ( UR ) es una unidad de medida, su valor es ajustado periódicamente en función del Índice Medio de Salarios cuantificándose las variaciones en los doce meses anteriores. Se determina a través de un decreto que es publicado mensualmente en el Diario Oficial y en la página web del INE.
De la UR se desprende la Unidad de Reajuste de Alquileres ( URA ). Ésta se calcula promediando el valor de los 2 meses inmediatos anteriores de la Unidad Reajustable. Su valor se publica mensualmente en el Diario Oficial y en la página web del INE.
Otro forma de reajuste muy utilizada sobre todo en arrendamientos con destino comercial, es el Índice de Precios al Consumo ( IPC ), que representa una medida global de los precios de bienes y servicios, que los hogares residentes en el país consumen en forma periódica. La evolución del IPC es considerada una estimación de la variación en el costo de vida en términos monetarios y sirve como indicador de la inflación en la economía. Su valor se publica mensualmente en el Diario Oficial y en la página web del INE.
Si al mes de aplicación del reajuste del alquiler los mismos no se encuentran publicados, ya sea según URA o IPC, la ley admite que se realice con el último mes publicado, y se regularice la situación una vez de publicado el valor correspondiente.
Cabe destacar que existen y se aplican otras metodologías de reajuste en los alquileres, pero la URA y el IPC son las mayormente aceptadas por propietarios e inquilinos del Uruguay.